Hoy día 30 se publica el Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, por el que se aprueban ayudas para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable.
A modo resumen y a la espera de publicación de noticias por parte de las comunidades autónomas, en Galicia el importe de estas ayudas ascenderá a 39.163.367 €.
Tipos de actuaciones:
Las actuaciones se centran en instalaciones de AUTOCONSUMO (Fotovoltáica y eólica) , ALMACENAMIENTO y GENERACIÓN TÉRMICA con energías renovables. estructurados en 6 programas:
- Programa de incentivos 1: Realización de instalaciones de autoconsumo renovable, en el sector servicios, con o sin almacenamiento.
Será actuación subvencionable la inversión en instalaciones de generación de energía eléctrica con fuentes renovables, destinadas a autoconsumo en establecimientos o instalaciones del sector servicios, así como el almacenamiento asociado a estas actuaciones. - Programa de incentivos 2: Realización de instalaciones de autoconsumo renovable, en otros sectores productivos de la economía, con o sin almacenamiento.
Será actuación subvencionable la inversión en instalaciones de generación de energía eléctrica con fuentes renovables destinadas a autoconsumo en establecimientos o instalaciones en sectores productivos no previstos en el programa de incentivos 1, así como el almacenamiento asociado a estas actuaciones. - Programa de incentivos 3: Incorporación de almacenamiento en instalaciones ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos.
Será actuación subvencionable la inversión en sistemas de almacenamiento detrás del contador que sean incorporados en las instalaciones de autoconsumo, con fuentes renovables, ya existentes tanto en el sector servicios como en otros sectores productivos. - Programa de incentivos 4: Realización de instalaciones de autoconsumo renovable, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, con o sin almacenamiento.
Será actuación subvencionable la inversión en instalaciones de generación de energía eléctrica con fuentes renovables, destinadas a autoconsumo en el sector residencial, el tercer sector y las administraciones públicas, así como el almacenamiento asociado a estas actuaciones. - Programa de incentivos 5: Incorporación de almacenamiento en instalaciones ya existentes en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector.
Será actuación subvencionable la inversión en sistemas de almacenamiento detrás del contador que sean incorporados en instalaciones existentes de generación de energía eléctrica con fuentes renovables en el sector residencial en las administraciones públicas y en el tercer sector. - Programa de incentivos 6: Realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial.
Será actuación subvencionable la inversión en instalaciones de producción de energía térmica con fuentes renovables, destinadas a la climatización o producción de ACS en viviendas.
En líneas generales se incluyen tecnologías como fotovoltáica, eólica, geotérmia, aerotérmia y almacenamiento con límites de 2kWh/por kW instalado.
Costes elegibles:
Además de la inversión en equipos y materiales relacionadas con las ayudas se considerarán costes elegibles:
- Equipamientos electromecánicos, hidráulicos, de control y auxiliares cuando estén asociados a la actuación objeto de ayuda.
- Sistema eléctrico general de Alta Tensión y Baja Tensión, incluyendo transformadores, línea de evacuación y sistemas e infraestructuras eléctricas adicionales hasta el punto de conexión con la red eléctrica de transporte o distribución.
- Sistemas de gestión, control activo y monitorización tanto de la generación como de la acumulación y la demanda de energía eléctrica o térmica de instalaciones consumidoras abastecidas por el proyecto objeto de la ayuda.
- Sistemas de medición del recurso en el emplazamiento, incluyendo sondeos exploratorios y ensayos TRT para el caso de instalaciones geotérmicas.
- Obras civiles, cuando estén relacionadas con las actuaciones objeto de ayuda y aquellas que sean necesarias para la correcta ejecución del proyecto.
- El coste del desmantelamiento de las instalaciones existentes en el emplazamiento.
- Los costes de la redacción de los proyectos o memorias técnicas relacionados con las tipologías de actuación objeto de ayuda.
- Los costes de la dirección facultativa relacionadas con las tipologías de actuación objeto de ayuda.
- Coordinación de Seguridad y Salud de la obra y montaje relacionadas con las tipologías de actuación objeto de ayuda.
- Los costes de gestión de la solicitud de la ayuda, incluida la redacción de informes y demás documentación requerida para la solicitud.
- Los costes de gestión de la justificación de la realización de las actuaciones, incluidos los costes de redacción de informes y demás documentación requerida para la justificación de estas ayudas.
Cuantía de las ayudas:
Las cuantías dependen de la tipología y el programa de incentivo pero en líneas generales:
PARA EMPRESAS:
Programas de incentivos 1 y 2: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovables, en el sector servicios y en otros sectores productivos de la economía, con o sin almacenamiento
Coste unitario de la instalación de referencia (Cuf) (€/kW) | Coste subvencionable unitario máximo (€/kW) | % ayuda gran empresa Ayuda (aplicable sobre coste subvencionable) | % ayuda mediana empresa | % ayuda pequeña empresa | |
Actuaciones | Ayuda (aplicable sobre coste subvencionable) | Ayuda (aplicable sobre coste subvencionable) | |||
Instalación Fotovoltaica autoconsumo (1.000 kWp < P ≤ 5.000 kWp). | 120 | 460 | 15% | 25% | 35% |
Instalación Fotovoltaica autoconsumo Potencia (100 kWp < P ≤ 1.000 kWp). | – | 749 | 15% | 25% | 35% |
Instalación Fotovoltaica autoconsumo (10 kWp < P ≤ 100 kWp). | – | 910 | 15% | 25% | 35% |
Instalación Fotovoltaica autoconsumo (P ≤10kWp). | – | 1.188 | 15% | 25% | 45% |
Instalación eólica (500 kW < P ≤ 5000 kW) | 258 | 1.070 | 20% | 30% | 40% |
Instalación eólica (20 kW < P ≤ 500 kW) para autoconsumo. | 129 | 3.072 | 30% | 40% | 50% |
Instalación eólica (P ≤ 20 kW) para autoconsumo. | 86 | 4.723 | 30% | 40% | 50% |
El coste subvencionable unitario máximo de las instalaciones de almacenamiento, en su caso, e intensidades de ayuda a aplicar en cada uno de los programas son los siguientes:
Actuaciones | Coste subvencionable unitario máximo de la instalación de almacenamiento (€/ kWh) | % Ayuda gran empresa | % Ayuda mediana empresa | % Ayuda pequeña empresa |
Incorporación de almacenamiento al proyecto de instalación de energía renovable para autoconsumo (5.000 kWh < P ). | 200 | 45% | 55% | 65% |
Incorporación de almacenamiento al proyecto de instalación de energía renovable para autoconsumo (100 kWh < P ≤ 5.000 kWh ). | 350 | 45% | 55% | 65% |
Incorporación de almacenamiento al proyecto de instalación de energía renovable para autoconsumo (10 kWh < P ≤ 100 kWh). | 500 | 45% | 55% | 65% |
Incorporación de almacenamiento al proyecto de instalación de energía renovable para autoconsumo (P ≤ 10 kWh). | 700 | 45% | 55% | 65% |
PARA PARTICULARES Y COMUNIDADES DE PROPIETARIOS:
Programas de incentivos 4: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, con o sin almacenamiento
Actuaciones |
Módulo [Ayuda (€/kWp)] |
Módulo para el caso de autoconsumo colectivo [Ayuda (€/kWp)] |
Instalación Fotovoltaica autoconsumo (1.000 kWp < P ≤ 5.000 kWp). | 300 | 355 |
Instalación Fotovoltaica autoconsumo (100 kWp < P ≤ 1.000 kWp). | 350 | 420 |
Instalación Fotovoltaica autoconsumo (10 kWp < P ≤ 100 kWp). | 450 | 535 |
Instalación Fotovoltaica autoconsumo (P ≤ 10 kWp). | 600 | 710 |
Instalación eólica (500 kW < P ≤ 5.000 kW) para autoconsumo. | 650 | 775 |
Instalación eólica (20 kW < P ≤ 500 kW) para autoconsumo. | 1.950 | 2.250 |
Instalación eólica (P ≤ 20 kW) para autoconsumo. | 2.900 | 3.350 |
Estas ayudas se pueden incrementar en el caso de necesidades especiales:
Actuaciones | Módulo [Ayuda sobre actuación adicional (según caso)] |
Eliminación del amianto en cubiertas para proyectos de solar fotovoltaica* | P <= 100 kWp: 160 €/kWp 100 kWp < P <= 1.000 kWp: 110 €/kWp 1.000 kWp < P ≤ 5.000 kWp: 50 €/kWp |
Instalación de marquesinas para proyectos de solar fotovoltaica | 120 €/kWp |
La ayuda a aplicar en el caso de incorporar sistemas de almacenamiento (módulo almacenamiento) es la siguiente:
Actuaciones |
Módulo almacenamiento [Ayuda (€/kWh)] |
Incorporación de almacenamiento al proyecto de instalación de energía renovable para autoconsumo en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector (5.000 kWh < P). | 140 |
Incorporación de almacenamiento al proyecto de instalación de energía renovable para autoconsumo en el sector residencial, las administraciones Públicas y el tercer sector (100 kWh < P ≤ 5.000 kWh). | 245 |
Incorporación de almacenamiento al proyecto de instalación de energía renovable para autoconsumo en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector (10 kWh < P ≤ 100 kWh). | 350 |
Incorporación de almacenamiento al proyecto de instalación de energía renovable para autoconsumo en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector (P ≤ 10 kWh). | 490 |