El pasado 24 de diciembre se publicó la Orden TED/1446/2021, de 22 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a proyectos piloto singulares de comunidades energéticas.
Objetivos:
Serán subvencionables las actuaciones siguiente:
- Energías renovables eléctricas. Asociadas a una o varias de las siguientes fuentes de energía: biomasa, biogás u otros gases renovables, eólica, hidráulica y solar fotovoltaica.
- Energías renovables térmicas. Asociadas a una o varias de las siguientes fuentes de energía: aerotermia, biomasa, biogás, biometano u otros gases renovables, geotermia, hidrotermia y solar térmica, así como los sistemas de aprovechamiento de dichas fuentes en las aplicaciones determinadas en la convocatoria.
- Eficiencia energética. Asociadas a una o varias de las siguientes aplicaciones: mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.
- Movilidad sostenible. Asociadas a una o varias de las siguientes aplicaciones: implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos y adquisición de vehículos eléctricos «enchufables» y de pila de combustible para movilidad compartida.
- Gestión de la demanda. Asociadas a una o varias de las siguientes aplicaciones: almacenamiento detrás del contador y sistemas de regulación mediante almacenamiento hidráulico u otros sistemas de almacenamiento innovadores que podrán incluir baterías de próxima generación o nuevos aprovechamientos de baterías vehiculares (segunda vida de baterías), agregación de la demanda de energía térmica y sistemas para proporcionar flexibilidad de la demanda.
Cuantía e intensidad de la ayuda
Áreas de actuación | Intensidad de ayuda máxima, como % costes subvencionables |
---|---|
Energías renovables eléctricas. | 60 % |
Energías renovables térmicas. | 60 % |
Eficiencia Energética. | 30 % |
Movilidad sostenible. | 40 %* |
Gestión de la demanda. | Intensidad de ayuda máxima que aplique al área de actuación al que esté asociada. |
Formalización y presentación de solicitudes.
Está pendiente la publicación de la convocatoria que determinará los plazos.
Criterio de valoración | Puntuación |
Características del proyecto | |
1. Los socios o miembros son exclusivamente personas físicas, pymes o entidades locales. | 0-15 |
2. Socios o miembros situados en las proximidades del proyecto. | 0-25 |
3. Proyectos multi-componente e innovadores. | 0-25 |
Viabilidad económica | |
1. Reducción sobre la ayuda máxima. | 0-15 |
2. Plan de negocio y cadena de valor. | 0-15 |
Externalidades | |
1. Impacto social y de género. | 0-25 |
2. Dinamización social. | 0-15 |
3. Adecuación prioridades autonómica y/o locales. | 0-15 |
Total máximo a valorar. | 100 |
Quedamos a la espera de la publicación definitiva de la convocatoria.