El pasado 24 de diciembre se publicó la Orden TED/1446/2021, de 22 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a proyectos piloto singulares de comunidades energéticas.

Objetivos:

Serán subvencionables las actuaciones siguiente:

  1. Energías renovables eléctricas. Asociadas a una o varias de las siguientes fuentes de energía: biomasa, biogás u otros gases renovables, eólica, hidráulica y solar fotovoltaica.
  2. Energías renovables térmicas. Asociadas a una o varias de las siguientes fuentes de energía: aerotermia, biomasa, biogás, biometano u otros gases renovables, geotermia, hidrotermia y solar térmica, así como los sistemas de aprovechamiento de dichas fuentes en las aplicaciones determinadas en la convocatoria.
  3. Eficiencia energética. Asociadas a una o varias de las siguientes aplicaciones: mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.
  4. Movilidad sostenible. Asociadas a una o varias de las siguientes aplicaciones: implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos y adquisición de vehículos eléctricos «enchufables» y de pila de combustible para movilidad compartida.
  5. Gestión de la demanda. Asociadas a una o varias de las siguientes aplicaciones: almacenamiento detrás del contador y sistemas de regulación mediante almacenamiento hidráulico u otros sistemas de almacenamiento innovadores que podrán incluir baterías de próxima generación o nuevos aprovechamientos de baterías vehiculares (segunda vida de baterías), agregación de la demanda de energía térmica y sistemas para proporcionar flexibilidad de la demanda.

Cuantía e intensidad de la ayuda

Áreas de actuación Intensidad de ayuda máxima, como % costes subvencionables
Energías renovables eléctricas. 60 %
Energías renovables térmicas. 60 %
Eficiencia Energética. 30 %
Movilidad sostenible. 40 %*
Gestión de la demanda. Intensidad de ayuda máxima que aplique al área de actuación al que esté asociada.

Formalización y presentación de solicitudes.

Está pendiente la publicación de la convocatoria que determinará los plazos.

Criterio de valoración Puntuación
Características del proyecto
1. Los socios o miembros son exclusivamente personas físicas, pymes o entidades locales. 0-15
2. Socios o miembros situados en las proximidades del proyecto. 0-25
3. Proyectos multi-componente e innovadores. 0-25
Viabilidad económica
1. Reducción sobre la ayuda máxima. 0-15
2. Plan de negocio y cadena de valor. 0-15
Externalidades
1. Impacto social y de género. 0-25
2. Dinamización social. 0-15
3. Adecuación prioridades autonómica y/o locales. 0-15
Total máximo a valorar. 100

 

Quedamos a la espera de la publicación definitiva de la convocatoria.