La convocatoria de procedimiento de concesión de ayudas correspondientes al programa estatal de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial (Programa de actuaciones de eficiencia energética en industria) (Código del procedimiento IN421V), especifica que podrán obtener derecho a la subvención aquellas actuaciones que cumplan lo establecido en el Anexo IV del Real Decreto 263/2019 de 12 de abril y se ejecuten dentro del territorio de la Comunidade Autónoma de Galicia.

a) Empresas que tengan la consideración de PYME o Gran empresa del sector industrial, cuyo CNAE 2009 comience por la División da 07 a 39, excluídas las que comiencen por la División 12 y 34, siempre que tengan su residencia fiscal o un establecimiento permanente en el territorio de la comunidad autónoma de Galicia.

b) Las empresas de servicios energéticos entendiendo como tal la definición más amplia posible de las organizaciones que aporten este tipo de servicios.

Conceptos subvencionables:

Podrán obtener derecho a la subvención aquellas actuaciones que cumplan lo establecido en el Anexo IV del Real Decreto 263/2019 de 12 de abril y se ejecuten dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia.

  • Medida 1: Mejora de la tecnología en equipos y procesos industriales.
    Medida 2: Implantación de sistemas de gestión energética.

La inversión mínima para que la actuación sea subvencionable debe de ser de 100.000 euros por actuación para la Medida 1, Mejora de la tecnología en equipos y procesos industriales, y de 50.000 euros por actuación en el caso de la Medida 2, Implantación de sistemas de gestión energética. En ambos casos IVA no incluido.

Cada empresa podrá presentar una o más solicitudes. Cada solicitud contemplará un único proyecto técnico que puede constar de una sola actuación o de varias actuaciones homogéneas ejecutadas en un mismo emplazamiento y que se valorarán de forma conjunta.

Cuantía máxima de las ayudas

La cuantía de las ayudas para cada una de las actuaciones será el mínimo entre el 30 % de la  inversión elegible del proyecto y la cantidad que resulte de aplicar al coste subvencionable el 35% para gran empresa, y 45% para mediana empresa y el 55% para pequeña empresa.

Con carácter general, se establece una ayuda máxima por proyecto de 1.000.000 euros. Se podrá aumentar la ayuda máxima por proyecto hasta 2.000.000 euros en aquellas actuaciones que en fase de solicitud justifiquen la consecución de elevados niveles de ahorro energético.

Desde seingenia, desarrollamos, estudiamos y valoramos los proyectos, analizamos la viabilidad de los mismos, ayudando a nuestros clientes en materia de planificación, solicitud y trámite de dichas subvenciones.